Tras el fallecimiento de un familiar es inevitablemente necesario realizar una serie de trámites burocráticos. Hay quien dispone de un seguro de decesos con una compañía que se encarga de los trámites, pero otros no lo tienen y son los familiares quienes se encargan de realizar personalmente todos los trámites, por lo que en ocasiones se ha de valorar la actuación de un abogado que ayude a gestionar este tipo de trámites, en ocasiones farragosos.
Seguidamente hacemos un resumen de los trámites más importantes a realizar por orden.
- En el momento del fallecimiento se ha de obtener el Certificado médico de defunción
- Dentro de las 24 horas siguientes se ha de realizar la inscripción de la defunción en el Registro Civil.
- Después de 15 días hábiles tras el fallecimiento: obtener el certificado de últimas voluntades y el certificado de cobertura de seguros del fallecido.
- Testamento: en caso de que se haya otorgado testamente debemos solicitar una copia del mismo, en caso de no existir testamento se deberá realizar declaración de herederos ante un notario.
- Antes de 6 meses: pago de impuestos (sucesiones, plusvalía municipal, etc).
En nuestra experiencia como expertas en herencias, es aconsejable contar con la ayuda de un abogado para la realización de todos los trámites correctamente, sin errores y cumpliendo los plazos que marca la ley.